La DGT y el doble sentido – JavierCostas.com
Reflexiones, Seguridad vial

La DGT y el doble sentido

Imagen de la campaña

La nueva campaña de la DGT, orientada a las carreteras secundarias, empieza con una pequeña polémica. El texto es el siguiente:

En carreteras de doble sentido, doble precaución

Un 75% del total de los accidentes con muertes ocurren en carreteras secundarias. La mayoría por salidas de vía y colisiones frontales. Esto nos demuestra que es imprescindible que adecuemos nuestra forma de conducir al tipo de carretera. Pon la máxima atención, sobre todo en crucers, curvas y adelantamientos en cambios de rasante. Y recuerda que en carreteras secundarias el límite de velocidad es menor.

Los responsables de la campaña han sido víctimas de su propio giro lingüístico o de un doble sentido. El reglamento establece la prohibición de adelantar en los tramos de línea contínua, curvas sin visibilidad y cambios de rasante sin visibilidad, entre otras. Esto nos lleva a dos posibles interpretaciones del texto:

  • Pretendían alertar sobre los adelantamientos incorrectos que puedan hacer otros conductores, para poder salvar la vida o la carrocería. No se trataría de un error intencionado. También pueden referirse a los adelantamientos en cambios de rasante o curvas con visibilidad, que hay muchos en nuestras carreteras. Personalmente, veo muchos ejemplos todos los días, y lo cierto es que en muchos debería haber línea contínua.
  • Un lapsus-lingue ha traicionado al creativo de turno, y la DGT ha cometido un error. El reglamento establece que esos adelantamientos están prohibidos (siempre y cuando sean sin visibilidad y con raya contínua).

Hay que reconocer que la DGT no afronta récords de popularidad en la actualidad por los radares, la presión fiscal, el carnet por puntos… y habrá quien piense que esta campaña es un error más de los responsables de tráfico. Humildemente creo que no hay que buscarle tres pies al gato y seguir la advertencia: cuidado con otros que adelanten mal o con hacerlo nosotros en donde la ley lo permite, pero las circunstancias no lo hagan aconsejable. Algunos adelantamientos con cambios de rasante con visibilidad son muy cortitos y se hacen necesarios muchos caballos para hacer la maniobra rápido y sin peligro. Lo mismo podemos decir de algunas curvas, de las que no se puede ver el final a primera vista.

A modo de recordatorio: vias de doble sentido con menos de 1,5 metros de arcén, la velocidad máxima es de 90 Km/h para turismos y motocicletas, salvo donde la limitación específica sea menor. Si el arcén supera esa distancia, la velocidad máxima es de 100 Km/h. A diferencia de las autopistas, el límite se puede exceder, allí donde no haya limitación específica (curvas, proximidad a cruces…) en 20 Km/h sólo para adelantar. Es decir, 110 Km/h para arcén estrecho y 120 Km/h para arcén amplio.

Espero que nunca tengas que seguir este consejo, pero si te ves en la tesitura de qué hacer si se te echa un coche encima, memoriza: evita a cualquier precio chocar de frente. Cualquier cosa es preferible: volcar, chocar contra un árbol (el árbol no se mueve, el coche de frente suma su velocidad a la nuestra), acuchillar la carrocería contra un quitamiedos… Lo importante es sobrevivir y contarlo. En última instancia, un choque frontolateral es mucho peor que uno frontal, aun con 5 estrellas EuroNCAP.

Por último, recuerda, en carreteras secundarias, los fines de semana por la noche ¡¡doble precaución!!

Fuentes: El Mundo Motor y No podemos conducir por ti

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2 Comments

  1. Jesús De La Vega

    Buenos días:
    Me llamo Jesús De La Vega (jrtrans@hotmail.com), soy de Cantabria, y tengo una duda razonable que me gustaría aclarar. No se a donde acudir. Tengo un amigo (y va en serio que es un amigo, que no soy yo) que cuano iba en su vehículo particular, ha dado 0,23 en un control de la guardia civil, PERO, tiene el carnet de camión. ¿¿Es posible que le apliquen la tasa de alcoholemia como si estuviera conduciendo un camión??
    Si esto es así, ¿no se puede alegar inconstitucionalidad?, por qué no se les aplica a los:
    Medicos (trabajan con la vida de los demás)
    Pilotos de avión (trabajan con la vida de los demás)
    Controladores aéreos (trabajan con la vida de los demás)
    Maquinistas de tren (trabajan con la vida de los demás)
    Empleados de químicas, explosivos, radioactivos, etc, etc (trabajan con la vida de los demás)
    Militares (trabajan con la vida de los demás)
    Presidentes de Gobierno y sus delegados (trabajan con la vida de los demás)
    Camareros (trabajan con la vida de los demás)
    LEMA DEL AÑO: TRABAJA DE TRANSPORTISTA, LEVATARAS EL PAIS TU SOLO!!!
    ¿Por qué la DGT no tiene correo para mandarle ésto mismo??

    Reply
  2. Javier Author

    Jesús, si tu amigo circulaba en su turismo particular, es que tenía el permiso B, el que autoriza a conducir turismos. Si le para la Guardia Civil, a todos los efectos se le aplica el reglamento como un conductor con permiso B, es decir, que da igual que tenga todos los carnets sacados.

    No veo por qué se puede alegar inconstitucionalidad por eso. Además, en ese momento el transportista no estaba ejerciendo como tal.

    Todas las profesiones que mencionas, si se bebe y no está uno en sus plenas facultades, juega con la vida de los demás, los transportistas también. Una negligencia médica puede salir mucho más cara que un accidente mortal causado por el alcohol, a un militar se le cae el pelo si no cumple con su deber por ir bebido, a los pilotos ni les dejan subir al avión… No en todas las profesiones son tan estrictos, pero los transportistas no son los más penalizados.

    Espero que esto solucione tu duda.

    Reply

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