NOTA: Esta tabla deja de tener validez a partir del 25 de mayo de 2010.
A mediados de 2006, la DGT bajó el margen de error por el cual los radares no sancionaban. Por ejemplo, en autopistas y autovías, con un límite de 120 Km/h, hasta 141 Km/h no saltaba el radar; el listón se bajó a 133 Km/h. En la siguiente tabla puedes ver las velocidades máximas y la sanción que acarrean sus excesos gradualmente:
No te preocupes si no lees bien los números, la foto es ampliable. Como puedes ver, un exceso de velocidad de poco más de un 10% acarrea una sanción sólo económica, sin pérdida de puntos. A 153 Km/h en autopista, ya se pierden dos puntos, y a 163 Km/h tres puntos.
A modo de recordatorio, en autopistas y autovías no rige la norma de permitir 20 Km/h más sobre el límite para adelantar. Eso es en carretera secundaria y siempre y cuando no exista una limitación específica de velocidad, sólo se aplica a la velocidad máxima genérica de la vía.
Los camioneros lo sabrán seguro, pero los conductores de furgonetas, derivados de turismo, remolques ligeros o caravanas, autocaravanas… tienen unos límites genéricos inferiores a los de las señales. Un furgón de 3,5t de MMA puede ser perfectamente sancionado por circular a 120 Km/h en una autopista con límite genérico de 120 Km/h.



Estimados Sres:
Les remito el presente para hacer dos consultas:
-¿Está permitido limitar a 20 Km/h en toda una avenida (casco urbano), sumamente amplia, donde los pasos de cebra los puedes ver a gran distancia (además tienen badén)?
-¿Las señalizaciones de radares es necesario que tengan un tamaño mínimo?.
Muchísimas gracias de antemano, la página es muy útil.
Atte:
Óscar
Hasta lo que yo sé: 1) sí 2) no sé si hay siquiera una obligación legal de señalizar los radares
he recibido una multa de 300€ y 2 puntos por circular con una furgonta de uso particular de 3500 a 132 Km/h teniendo limitada a 90. iba por una autovía, a que velocidad como máximo podría circular? a 120, 100 ó 90Km/h. gracias
Antonio, tú mismo te respondes, a 90 km/h. Si te refieres a la máxima velocidad no sancionable, yo no pasaría de 100 km/h.
Este artículo es antiguo, agradecería si me podías indicar la fuente de esa tabla de sanciones.
Es de la dgt?
Veo que el artículo es del 2007 y se que ahora (2025)la tabla es otra.
Pero es mera curiosidad.
Gracias
La respuesta la tienes aquí: https://sede.dgt.gob.es/.galleries/multas/consulta-de-sanciones-por-exceso-velocidad/sanciones-exceso-velocidad-ES.pdf.
Básicamente, te pueden multar a una velocidad o a otra en función del margen de error del sistema de medición. Los basados en cámaras, como los controles de tramo, son muy exactos, y los cinemómetros (radares) dependen de su homologación, puede ser el 3%, el 8%…
Pero legal y teóricamente, se te puede multar por +1 km/h.
Saludos.